sábado, 20 de octubre de 2012

Debate social por la esterilización forzosa de personas con discapacidad

España El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) presentó un escrito formal al Ejecutivo rogando la supresión del artículo 156.2 del Código Penal, que despenaliza la esterilización forzosa de personas con discapacidad declaradas incapaces judicialmente, por considerar que viola la Convención de la ONU sobre los derechos de las personas con discapacidad y que atenta contra los Derechos Humanos. Sin embargo, la Justicia descartó tal medida al considerar que no se trata de una vulneración de sus derechos y que “la exposición al abuso sexual de estas mujeres es mucho mayor”. A partir de aquí se desata un fuerte debate social. Según estima la Justicia, “la esterilización de la persona incapaz realizada con autorización judicial, otorgada por concurrir los elementos justificadores de carácter material y formal definidos en la Ley, y tomando como criterio rector el mayor interés de la persona que sufre graves deficiencias físicas, no supone ir en contra de los principios de la Convención”. En este sentido, la ley sólo despenaliza la esterilización forzosa “cuando la persona por su incapacidad psíquica grave, no puede prestar consentimiento libre e informado. Esto sí será totalmente exigible para el resto de personas con discapacidad”. Ante tal respuesta, las autoridades del CERMI manifestaron su estupor pidiendo que se reconsidere esta posición que estiman errónea, instando a que la Justicia proceda de forma inmediata a abrir un diálogo con el movimiento asociativo de la discapacidad, para desterrar lo que consideran una “espantosa vulneración de derechos”. Para el CERMI, los tratados internacionales reconocen que todas las personas con discapacidad deben ejercer sus derechos sexuales y reproductivos en igualdad de condiciones y que “es obligación de los poderes públicos protegerlos sin injerencias indebidas, condenando a quienes pueden obstaculizar su disfrute”. La esterilización forzosa a la que son especialmente vulnerables los colectivos de discapacidad mental, se da tanto en España como en distintos países de la Unión Europea, EE.UU., Canadá, Japón y Australia. Para el Comité español de personas con discapacidad, se trata de “un tema que incomoda a todo el mundo” y que debido a ello no se realizan las denuncias debidas ni existen estadísticas al respecto. El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) presentó un escrito formal al Ejecutivo rogando la supresión del artículo 156.2 del Código Penal, que despenaliza la esterilización forzosa de personas con discapacidad declaradas incapaces judicialmente, por considerar que viola la Convención de la ONU sobre los derechos de las personas con discapacidad y que atenta contra los Derechos Humanos. Sin embargo, la Justicia descartó tal medida al considerar que no se trata de una vulneración de sus derechos y que “la exposición al abuso sexual de estas mujeres es mucho mayor”. A partir de aquí se desata un fuerte debate social. Según estima la Justicia, “la esterilización de la persona incapaz realizada con autorización judicial, otorgada por concurrir los elementos justificadores de carácter material y formal definidos en la Ley, y tomando como criterio rector el mayor interés de la persona que sufre graves deficiencias físicas, no supone ir en contra de los principios de la Convención”. En este sentido, la ley sólo despenaliza la esterilización forzosa “cuando la persona por su incapacidad psíquica grave, no puede prestar consentimiento libre e informado. Esto sí será totalmente exigible para el resto de personas con discapacidad”. Ante tal respuesta, las autoridades del CERMI manifestaron su estupor pidiendo que se reconsidere esta posición que estiman errónea, instando a que la Justicia proceda de forma inmediata a abrir un diálogo con el movimiento asociativo de la discapacidad, para desterrar lo que consideran una “espantosa vulneración de derechos”. Para el CERMI, los tratados internacionales reconocen que todas las personas con discapacidad deben ejercer sus derechos sexuales y reproductivos en igualdad de condiciones y que “es obligación de los poderes públicos protegerlos sin injerencias indebidas, condenando a quienes pueden obstaculizar su disfrute”. La esterilización forzosa a la que son especialmente vulnerables los colectivos de discapacidad mental, se da tanto en España como en distintos países de la Unión Europea, EE.UU., Canadá, Japón y Australia. Para el Comité español de personas con discapacidad, se trata de “un tema que incomoda a todo el mundo” y que debido a ello no se realizan las denuncias debidas ni existen estadísticas al respecto.

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