lunes, 21 de octubre de 2013

Obra social salteña debera reintegrar gastos de tratamiento

Salta, 21 de octubre (Télam).- La Corte de Justicia de Salta condenó al Instituto Provincial de Salud de Salta (IPSS) a reintegrar el 100 por ciento de las prestaciones médicas requeridas por una niña con discapacidad, según informaron hoy fuentes del Poder Judicial provincial. La decisión del alto tribunal fue adoptada a partir de una apelación presentada por la madre de la menor en contra de la decisión del IPSS, que es la obra social estatal en Salta, de pagar parcialmente las facturas de los tratamientos. Es la segunda vez que el caso llegó hasta la Corte de Justicia salteña, ya que en una anterior ocasión el máximo tribunal provincial había confirmado el pronunciamiento de primera instancia, que ordenaba la cobertura de los tratamientos necesarios vinculados a la discapacidad de la niña. Los voceros indicaron que en aquella ocasión se estimó que, por la aplicación de la ley 24091, la cobertura debía ser total. En cumplimiento de aquella sentencia, los padres fueron presentando las facturas del servicio de neurorrehabilitación, pero entre enero y julio de 2012 el IPSS desconoció los montos facturados y ordenó el pago de montos inferiores, aplicando su propio nomenclador prestacional. De esta manera, la totalidad de los servicios tuvo que ser afrontado por los padres de la niña. "El cumplimiento de la sentencia dictada en autos, en cuanto ordena la cobertura del 100% de las prestaciones que se deben brindar por la discapacidad de la menor, impone a la obra social el reintegro de la totalidad del valor que la actora debe abonar por la atención integral de ella", expresaron los magistrados. En este sentido, los miembros del alto tribunal sostuvieron que "de otro modo, las obligaciones que pesan sobre el accionado en virtud de lo ordenado por sentencia, serían cumplidas sólo parcialmente". (Télam)

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