viernes, 29 de noviembre de 2013

Empresas deben otorgar pasajes sin cupos a discapacitados

La jueza Trillini consideró inconstitucional la aplicación de límites para la entrega de asientos. Margarita Arrúa comenzó en agosto pasado a gestionar los pasajes para un grupo de mujeres discapacitadas que debían viajar a Mar del Plata. En octubre se presentó en la ventanilla que la empresa tiene en la Terminal de esta ciudad y la empleada le informó que se había completado el cupo del mes. Tuvo que golpear varias puertas y tras semanas de incertidumbre pudieron viajar el 11 de este mes. Arrúa es la presidenta de AMAR, que es una entidad de ayuda mutua para personas con artritis reumatoidea. Y ayer aseguró que el problema lo enfrentan a diario personas discapacitadas. Por eso, la jueza de Familia Marcela Trillini resolvió declarar la inconstitucionalidad del artículo 4, inciso b, del decreto 118/06 que había autorizado a las empresas de transporte a disponer de cupos de pasajes para dispacitados. Trillini tomó como antecedente un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que en junio de 2010 resolvió un amparo y declaró la inconstitucionalidad de los cupos. Sostuvo que "en mérito a tal precedente y en el convencimiento de que el accionar de la empresa está vulnerando derechos amparados por la Convención sobre las personas con discapacidad y que los derechos y garantías establecidos por ella expresa o ímplicitamente, no pueden ser alterados por las leyes que reglamenten su ejercicio", según establece el artículo 15 de la Constitución provincial. La jueza de Familia dictó el fallo el 11 de noviembre a partir de una acción de amparo que había presentado la coordinadora del departamento de Salud Mental del hospital de El Bolsón contra la firma Vía Bariloche porque negaba los pasajes para que personas discapacitadas pudieran viajar en un mismo servicio debido a que la empresa tenía un cupo de pasajes por unidad. En el amparo advirtieron que "establecer un cupo de pasajes es inconstitucional y atenta contra la igualdad y el espíritu del régimen de protección de personas con discapacidad". Trillini indicó en la sentencia que tras gestiones que realizaron desde la Dirección de Discapacidad de la Municipalidad de Bariloche se pudo conseguir los pasajes a la empresa Vía Bariloche. Sin embargo, la jueza advirtió que "aún cuando los actores ya obtuvieron los pasajes para viajar y la cuestión ha devenido abstracta, entiendo que es importante que este tribunal se pronuncie atento la posibilidad de repetición de la cuestión planteada tal como lo ha hecho la Corte Suprema".

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