miércoles, 12 de octubre de 2011

Cuando la discriminación es tal cual

Dice Ariel Kaufman en su libro "Dignus inter Pares" (Ed. A. Perrot) que "Un 'Estado pasivamente discriminador' es un Estado cuyo poder judicial no actúa decidida y eficazmente para combatir la discriminación; las leyes antidiscriminatorias que no se aplican… sirven de poco. Ello implica una cierta concepción de la democracia como una demanda moral, más que como un mero sistema político, porque así resulta correcto que los jueces actúen decididamente en toda circunstancia y aun con leyes imperfectas asegurando la plena vigencia de los ideales morales bajo los cuales se apoya la democracia, fundamentalmente la igualdad de todos".

Con esta cita de Kaufman cerrábamos un artículo jurídico que publicamos en "El Derecho" el 14 de diciembre de 2010 ("Los derechos que vos matáis, gozan de buena salud. El concepto político-jurídico de discriminación, en los derechos humanos de la discapacidad") precisamente a raíz del caso "Fabi c/ Río Negro", que a raíz de la sentencia dictada por el Superior Tribunal provincial ha comentado nuevamente en estas páginas el profesor Angriman el 1/10/2011, y donde analizamos con mayor profundidad técnico-jurídica que la que obviamente permite este espacio de divulgación general la situación ahora resuelta definitivamente en sede provincial.

La justicia humana es imperfecta. Como en el deporte, una de las especialidades del Prof. Angriman, también hay "ganadores morales" aunque los jueces, los árbitros, o las circunstancias no nos den el triunfo esperado.

Vivimos en una sociedad tan profunda como solapadamente discriminadora. Es un dato de la realidad, nos guste o no. Así lo demuestra el estudio sobre antisemitismo efectuado por el Instituto Gino Germani de la UBA que tuvo amplia difusión en los medios nacionales: el 54% de los encuestados afirmó que los judíos son los primeros en dar la espalda a las personas necesitadas; el 39%, que es negativo que los judíos tengan cargos de decisión política. Algo similar debe ocurrir, especulo sin temor al error, con los hermanos de pueblos originarios, con los inmigrantes de países vecinos o del Lejano Oriente, o simplemente con los pobres de quienes nadie se acordó en las protestas por los plazos fijos y los dólares del corralito.

Sin embargo, culturalmente, nos negamos a aceptarlo. Hace falta que se agreda físicamente a un judío ortodoxo para que el antisemitismo salga en los diarios y mucho más aún para que la Justicia investigue y condene. Una de las razones para que esto sea así es, quizás y entre otras, precisamente porque la Justicia actúa como actúa, o mejor dicho no actúa como debiera actuar.

El derecho antidiscriminatorio, con base en todo el andamiaje de tratados internacionales, normas locales y una dilatada serie de precedentes jurisprudenciales del mundo entero, como bien lo destaca Kaufman en la obra citada, impone en una sociedad como la nuestra la necesidad de una Justicia con una "actitud" nueva. Tratándose de una denuncia por discriminación propia en tanto afecta a un individuo de un grupo especialmente protegido por la ley (persona con discapacidad o su familia), tratándose de una denuncia por discriminación sistémica por cuanto se da en un ámbito institucional reglado por la ley y el Estado (la escuela) y de un caso de gravedad social por la combinación de ambas situaciones, lo que se impone a la Justicia es un escrutinio amplio, a fondo e inquisitivo, la inversión de la carga de la prueba y una decisión ejemplificadora y con efectos claramente simbólicos.

No coincidimos con el Prof. Angriman. Ése es nuestro derecho, de ambos. Cada uno ve la situación desde su propia ideología, su realidad y atravesados por nuestros propios intereses y valores. El utilitarismo filosófico (desde Jeremy Bentham a Peter Singer y Habermas) esgrimido en la nota del colega, en tanto destaca el derecho de la mayoría de alumnos de una escuela a seguir estudiando en ella a costa de relegar el de una alumna discriminada, nos advierte también de otra de las cuestiones sobre las que debe trabajarse para lograr el cambio cultural que propugnamos.

El Superior Tribunal ha destacado lo obvio: el derecho a una educación inclusiva y no discriminatoria existe en Argentina. ¡Gracias! Pero lo dejó atrapado en estructuras jurídico-procesales que no ponen en "alerta roja" a quienes lo vienen violando sistemáticamente haciéndoles la vida difícil a quienes sólo pretenden gozar de ese derecho.

Esperamos sinceramente que esta suerte de debate en público, con títulos quizás "rimbombantes" pero que intentan llamar la atención sobre esta comunidad discriminadora que se oculta detrás de una visión privatista del derecho (la responsabilidad civil del establecimiento educativo, la carga de la prueba en cabeza de la víctima, la justicia ciega y formal) y utilitarista de la sociedad (el bien de la mayoría a costa del bien del individuo y las minorías), sirva para una reflexión profunda y seguramente apasionada sobre qué educación, qué cultura, qué sociedad y qué ciudadanos queremos tener en Argentina.



(*) Abogado. Magíster en Administración y Políticas Públicas. Miembro de la Red Iberoamericana de Expertos en Derechos Humanos y Discapacidad. Presidente del Consejo Asesor de Asdra. Vicepresidente de la Federación Iberoamericana de Síndrome de Down

LUIS G. BULIT GOÑI (*)

Diario Rio Negro 12/10/2011

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