sábado, 18 de octubre de 2008

Fallo contra la empresa Indalo

La jueza Ana Mendos dio lugar a un recurso de amparo presentado por un vecino de Plottier. Se garantiza el traslado de personas discapacitadas.

Plottier > La jueza Ana Virginia Mendos hizo lugar al recurso de amparo promovido por Nelson Peralta en contra del municipio de Neuquén, la Provincia y la empresa Indalo S.A. e intimó a que dentro de 60 días procedan a garantizar el derecho al transporte y traslado a personas discapacitadas. En caso contrario serán multados diariamente.
“Estoy contento porque la Justicia se hizo eco de nuestro reclamo. No estamos en contra de Indalo, simplemente queremos que se respeten nuestros derechos y se mejore la calidad de vida”, dijo Peralta, representante del Grupo de Discapacitados Físicos (Grudifi), organización que congrega a 27 personas en Plottier.
El recurso de amparo fue presentado hace seis meses en el Juzgado de Primera Instancia en la Civil, Comercial y de Minería Nº 5. “En realidad hace más de tres años que inicié este tramite, pero en un primer momento mi abogado era Carlos Coggiola, el asesor legal del municipio, que me pisó el expediente y nunca hizo nada. Luego cambié de letrado y tuvimos un fallo a favor”, afirmó Peralta.
En la sentencia dictada por Mendos no se hizo lugar a las presentaciones que realizaron la Municipalidad de Neuquén, la Provincia e Indalo. Los organismos fueron sentenciados a que en el plazo de 60 días procedan a garantizar el derecho al transporte, suprimiendo todas las barreras físicas. De no cumplirse con lo expuesto se impondrá una multa diaria.

Implicaciones
Según el fallo, la comuna capitalina está implicada en tanto que el servicio de transporte público interurbano de pasajeros que se brinda entre las dos localidades es responsabilidad de ambas y no sólo de Plottier como se alegó.
También se especifica que «la inclusión de Provincia se debe a que se trata de un servicio interurbano, por lo que el convenio fue visado y suscripto por la Dirección Provincial de Transporte de Pasajeros». Y se agrega que «Indalo es la prestataria del servicio, por lo que es directamente responsable por las fallas del mismo».
En la sentencia, además, se dejó en tela de juicio el contrato de concesión suscripto entre Indalo y el Municipio de Plottier, ya que infringiría la normativa vigente al eximir a la concesionaria de utilizar para la prestación del servicio unidades de piso bajo.
“Este es un logro, pero nuestra lucha no termina acá. En Plottier la mayoría de los taxis no cuentan con portaequipaje, a pesar de que así lo estipula la ordenanza. Es lamentable que debamos acudir a la Justicia para poder mejorar nuestra calidad de vida y hacer cumplir nuestros derechos”, confesó Peralta.

No hay comentarios: